Todos los productos veterinarios, al igual que los farmacéuticos y los agroquímicos deben someterse a una serie de pruebas biológicas para determinar si son tóxicos o no para los usuarios.

En el caso de los sustancias activas antiparasitarias veterinarias, debe además estudiarse si son tóxicas para el ganado y las mascotas, según su uso, y según qué tipos de productos, también debe estudiarse su toxicidad para el medio ambiente.


Toxicidad sobre mamíferos de las sustancias activas antiparasitarias

La mayoría de los estudios de toxicidad se llevan a cabo en ratas y ratones. Fotografía tomada de Wikipedia.commons

Estos ensayos toxicológicos forman un conjunto de estudios estándar que los laboratorios deben llevar a cabo y cuyos informes deben presentar a las autoridades de registro de cada país para registrar sustancias activas nuevas. Los requerimientos de las autoridades de distintos países a este respecto no están aún del todo armonizados y hay países que exigen notablemente más estudios que otros. La UE, los EE.UU., Japón y otros países de la OECD (p.ej. Australia, Suiza, etc.) tienen requerimientos similares y muy exigentes.

El costo de estos estudios toxicológicos necesario para registrar una nueva sustancia activa superan ampliamente los 10 millones de USD sobre todo si se exige el estudio de toxicidad crónica de 2 años.

En general, se trata de determinar a qué dosis los compuestos son tóxicos, y a qué dosis pueden utilizarse con un riesgo aceptable para el usuario, el ganado o el medio ambiente.

Estos ensayos se realizan de ordinario en animales de laboratorio –ratas, ratones, conejos, cobayas, perros, etc.– no en la especie para la que está destinado el producto (vacunos, ovinos, etc.).

El valor de estos ensayos en especies de laboratorio es muy discutido, y es cierto que hay bastantes ejemplos de compuestos que son menos tóxicos para el ganado que para algunos animales de laboratorio, y viceversa. Pero hasta la fecha no se ha encontrado un método más fiable de estudiar la toxicidad de un compuesto químico.

Toxicidad aguda

Entre las pruebas típicas que deben presentarse para el registro ce cada sustancia activa nueva se encuentran los típicos tests de toxicidad aguda DL50. El acrónimo DL significa «Dosis Letal» en inglés «Lethal Dose» = LD). El «50» significa 50%. DL50 o LD50 significa que se determina la dosis en mg/kg (u otras unidades) a la que mueren el 50% de los animales sometidos al tratamiento una vez. Hay ensayos DL50, DL95 y DL100: Un ensayo DL100 significa que se determina la dosis a la que mueren el 100% de los animales tratados.

Los ensayos típicos de DL exigidos para registrar un producto veterinario son, p.ej. el DL50 oral agudo en ratas (machos y hembras) y ratones (machos y hembras), el DL50 dermal agudo en ratas o conejos, el DL50 agudo por inhalación en ratas, etc.

Según su toxicidad aguda, a las sustancias activas plaguicidas, a las que pertenecen la mayoría de los atiparasitarios externos (=ectoparasiticidas), se les incluye en una Clase de toxicidad (pulse aquí para consultar el artículo al respecto en este sitio). No hay clases de toxicidad para las sustancias activas o las formulaciones de los antihelmínticos y otros antiparasitarios internos, porque no se los considera como plaguicidas sino como medicamentos veterinarios.

Toxicidad crónica

Además de las pruebas de toxicidad aguda, hay otras pruebas de toxicidad crónica, es decir, que estudian qué dosis administradas repetidamente resultan tóxicas. Pruebas típicas son los ensayos de 28 días en perros, los de 90 días en ratas, etc. A diferentes grupos de animales se les administran dosis diarias escalonadas (la misma dosis dentro de cada grupo) durante 28 días y se estudian los resultados. Para algunos productos se exige una prueba de toxicidad crónica en ratas de 2 años de duración durante el cual se administra cada día el compuesto a diferentes dosis a varios grupos.

Objetivo de todos estos estudios es determinar el valor «NOEL», del inglés «no observable effect level», es decir, la dosis más alta a la que aún no hay síntomas de toxicidad. Este valor NOEL sirve de base para determinar la dosis a la que un producto se puede aplicar al ganado sin que se den efectos nocivos, pero también se emplea para determinar los residuos máximos admisibles en carne, leche, huevos, etc. (ver artículos sobre residuos en esta categoría)

Además de estas pruebas de toxicidad, en las que se investiga qué dosis resultan letales, hay muchas otras pruebas a las que deben someterse las sustancias activas de los productos veterinarios. Entre ellas se incluyen pruebas para determinar si un compuesto es cancerígeno (es decir, si provoca cáncer), si es mutagénico (es decir, si provoca mutaciones genéticas), si es irritante de los ojos o la piel, si es teratogénico (es decir, si provoca malformaciones en los embriones), si se bioacumula en los seres vivos, si afecta la reproducción, etc.


Toxicidad de los antiparasitarios genéricos

Los estudios de toxicidad previamente mencionados son ineludibles para las sustancias activas nuevas u originales. Cuando dichas sustancias pierden la protección de la patente y se convierten en genéricas, los laboratorios que decidan fabricar productos genéricos no necesitan repetir todos estos ensayos sobre la sustancia activa: se supone que la toxicidad de la sustancia activa genérica es la misma que la de la sustancia activa original.

De ordinario esto es cierto. Pero si la pureza de la sustancia activa genérica es notoriamente inferior a la de la original, las impurezas («by-products») podrían afectar significativamente la toxicidad (ver también artículo sobre «antiparasitarios genéricos » en este sitio). Por ello, en la mayoría de los países industrializados (UE, EE.UU., Japón, etc.) se exige una pureza mínima de las sustancias activas para productos veterinarios, al menos del 96%, y en muchos casos del 98%.


Toxicidad medioambiental de las sustancias activas antiparasitarias

Además de la toxicidad para el ganado y los usuarios, para la mayoría de los antiparasitarios ganaderos se exige estudiar su posible impacto ambiental. Las exigencias a este respecto dependen del tipo de uso que se dará al producto: no es lo mismo un producto inyectable con un riesgo pequeño de contaminar el medio ambiente, que un producto para baños de inmersión del que regularmente habrá que eliminar grandes cantidades, p.ej. al tener que limpiar periódicamente el bañadero.

Para todos los ectoparasiticidas se exige de ordinario determinar su toxicidad sobre peces (p.ej. en truchas), aves (p.ej. en pollos, palomas), reptiles (p.ej. ranas), invertebrados (p.ej. pulgas de agua, lombrices terrestres, abejas), etc., en cada caso con ensayos de DL comparables a los que se realizan en ratas o ratones.

Si una sustancia activa se excreta en grandes cantidades por los excrementos del ganado (p.ej. tras aplicación en bolos intraruminales, o como aditivos para los piensos) puede también exigirse que se estudie su impacto sobre la fauna coprófaga, es decir, la que consume el estiércol o pone sus huevos en él (insectos, lombrices, ácaros, etc.). Si una sustancia activa puede fácilmente contaminar cursos de agua (p.ej. las usadas en baños de inmersión o aspersión), será necesario estudiar su impacto sobre la fauna y la flora acuática.

Si una sustancia activa se descompone sólo lentamente en el medio ambiente (p.ej. algunos inhibidores del desarrollo), debe estudiarse si presenta bioacumulación, es decir, si se acumula en la cadena alimenticia natural (insectos u otros invertebrados, aves, mamíferos, etc.). Si se da dicha bioacumulación, difícilmente podrá admitirse el uso de tales productos: es de hecho una de las causas principales del retiro del mercado de los organoclorados (DDT, lindano, etc.).